Stephen Andrew James McCullah v. Danny James De Hek & Danny: De Hek Limited reclaman $27,500 en costas de indemnización
El Tribunal Superior de Nueva Zelanda resolvió que el proceso por difamación iniciado por Stephen Andrew James McCullah contra Danny James De Hek y Danny: De Hek Limited era vejatorio conforme al artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992 y ordenó a McCullah pagar $27,500 en costas de indemnización a De Hek. La sentencia, emitida el 17 de agosto de 2023, determinó que McCullah presentó la demanda el 9 de marzo de 2023 solicitando $3.85 millones en daños y perjuicios, pero nunca tuvo la intención de llevar el caso a juicio, sino que utilizó el litigio para sofocar futuras publicaciones (Demanda, ¶29, ¶34, ¶43). El tribunal también señaló que Natalie Zaher, una supuesta abogada israelí, presuntamente interfirió con la asistencia legal del primer demandado, aunque ella no era parte en el proceso (Demanda, ¶1). El demandante presentó siete causas de acción por difamación conforme a la Ley de Difamación de 1992 contra ambos demandados, cada una reclamando $500,000 en daños compensatorios y daños ejemplares adicionales para las últimas tres causas de acción (Demanda, ¶3).
El tribunal describió el proceso como una "orden de mordaza", señalando que las ofertas de McCullah para retirar la demanda estaban consistentemente condicionadas a la eliminación del material presuntamente difamatorio en lugar de basarse en los méritos del litigio. "El inicio de un proceso para recuperar daños por difamación se considerará un proceso vejatorio si, al momento de iniciar dicho proceso, el demandante no tiene intención de llevarlo a juicio", establece la sentencia (Demanda, ¶17). Según la demanda, la presunta campaña de difamación del demandante incluyó "noticias falsas, publicación de terceros instrumentalizada e suplantación de una abogada israelí" (Demanda, ¶31). El tribunal también consideró el proceso como vejatorio conforme al artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992, ya que el demandante no tenía intención de llevarlo a juicio. Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
La reclamación inicial de daños de McCullah por $3.85 millones fue posteriormente reducida a $650,000, una discrepancia que el tribunal citó como evidencia de un motivo ulterior para intimidar a los demandados (Demanda, ¶29). Los abogados de los demandados facturaron 187.25 horas durante los 3 meses y 13 días que el proceso permaneció activo, incluyendo la revisión de 9 horas de evidencia en video, aunque el tribunal solo concedió $27,500 de los $35,666.96 reclamados (Demanda, ¶38, ¶41, ¶43). El tribunal también señaló las cifras de costas según la escala de $13,264.50 para la categoría 2, banda B y $22,824.50 para la categoría 2, banda C (Demanda, ¶40). Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
Mecanismo de presunta difamación: siete causas de acción conforme a la Ley de Difamación de 1992
En un proceso presentado el 9 de marzo de 2023, Stephen Andrew James McCullah inició siete causas de acción por difamación contra Danny James De Hek y Danny: De Hek Limited conforme a la Ley de Difamación de 1992. El demandante solicitó $500,000 en daños compensatorios por cada una de las siete demandas, según la sentencia (Demanda, ¶3, ¶29). Para la quinta, sexta y séptima causas de acción, McCullah también reclamó daños ejemplares de $100,000 a $150,000 (Demanda, ¶3). El monto total de daños solicitados en la demanda ascendía a $3.85 millones (Demanda, ¶29).
Los demandados respondieron con defensas afirmativas, incluyendo verdad, opinión honesta, privilegio cualificado, insuficiente daño a la reputación y comunicación de interés público responsable. El segundo demandado, Danny: De Hek Limited, además alegó no publicación (Demanda, ¶4). La sentencia señala que los demandantes que demandan a medios de comunicación tienen prohibido especificar montos de daños en su demanda, una disposición que el tribunal citó posteriormente al evaluar los motivos del demandante. "Los demandantes que demandan a medios de comunicación tienen prohibido especificar en su demanda el monto de los daños que reclaman", establece la sentencia (Demanda, ¶15(a)).
El proceso fue descontinuado el 22 de junio de 2023, apenas 3 meses y 13 días después de su presentación (Demanda, ¶23). El tribunal observó que las ofertas del demandante para retirar la demanda estaban consistentemente condicionadas a la eliminación del material presuntamente difamatorio y a compromisos de cesar el acoso, en lugar de basarse en los méritos del litigio. En palabras de la sentencia, el demandante "pagaría costas de $22,000 si los demandados eliminaban el material ofensivo y cesaban el acoso al demandante" (Demanda, ¶26(d)). El demandante también alegó una incapacidad para obtener justicia en Nueva Zelanda, una afirmación que el tribunal rechazó por infundada (Demanda, ¶28). El tribunal finalmente consideró el proceso como vejatorio conforme al artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992, ya que el demandante no tenía intención de llevarlo a juicio. Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
Daños reclamados: $3.85 millones inicialmente, reducidos a $650,000, y costas concedidas
El demandante, Stephen Andrew James McCullah, inicialmente solicitó $3.85 millones en daños y perjuicios en su demanda, una cifra que el tribunal describió posteriormente como un intento de intimidar a los demandados. Según la sentencia, los abogados del demandante posteriormente indicaron que los daños reclamados eran $650,000 (Demanda, ¶29). La demanda alegaba siete causas de acción por difamación conforme a la Ley de Difamación de 1992, cada una solicitando $500,000 en daños compensatorios y $100,000 a $150,000 en daños ejemplares para las últimas tres reclamaciones.
Las demandas cambiantes del demandante se extendieron a las ofertas de acuerdo. El 20 de junio de 2023, sus abogados propusieron que pagaría $22,000 en costas si los demandados eliminaban el material presuntamente difamatorio y cesaban lo que el demandante describió como acoso. La sentencia señaló que la oferta estaba "condicionada a la eliminación de material y compromisos" en lugar de basarse en los méritos del litigio (Demanda, ¶26(d)). El tribunal consideró que este patrón de conducta —incluyendo la reclamación inicial de $3.85 millones, la posterior reducción a $650,000 y las ofertas condicionales de retiro— respaldaba su conclusión de que el proceso fue iniciado con un motivo ulterior y nunca tuvo la intención de llegar a juicio. El tribunal también rechazó las alegaciones del demandante sobre incitación a la violencia y describió la afirmación de que el primer demandado había "derribado con un mazo la puerta principal de la casa de la madre del demandante" como "absurda" (Demanda, ¶31(b), ¶32).
Mientras tanto, los demandados incurrieron en gastos legales significativos para defender la demanda. Sus abogados facturaron 187.25 horas, y el tribunal señaló que los demandados revisaron un total de 9 horas de evidencia en video (Demanda, ¶38). Según el régimen de costas escalonadas de Nueva Zelanda, los demandados habrían tenido derecho a $13,264.50 (categoría 2, banda B) o $22,824.50 (categoría 2, banda C) (Demanda, ¶40). El primer demandado, Danny James De Hek, solicitó costas de indemnización por $35,666.96, argumentando que la conducta del demandante justificaba apartarse de la escala estándar. El tribunal señaló que "no se puede ordenar el pago de costas contra una persona con asistencia legal a menos que el tribunal esté convencido de que existen circunstancias excepcionales" (Demanda, ¶7). Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
El tribunal estuvo de acuerdo en que las costas de indemnización estaban justificadas, pero consideró excesiva la reclamación de los demandados. En su sentencia del 17 de agosto de 2023, el Tribunal Superior de Nueva Zelanda concedió al primer demandado $27,500 en costas de indemnización, concluyendo que el monto era "razonable" dadas las circunstancias (Demanda, ¶42, ¶43). La sentencia citó la descontinuación del proceso por parte del demandante apenas 3 meses y 13 días después de su presentación, junto con sus repetidas ofertas de retirar la demanda condicionadas a la eliminación de material, como evidencia de que el proceso era una "orden de mordaza" vejatoria conforme al artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992.
Partes: Stephen Andrew James McCullah, Danny James De Hek, Danny: De Hek Limited, y no partes
La sentencia menciona a tres partes y dos no partes. Stephen Andrew James McCullah es el demandante. Los demandados son Danny James De Hek, una persona física, y Danny: De Hek Limited, una empresa neozelandesa (Demanda, ¶1). La demanda alega que Natalie Zaher, una supuesta abogada israelí, interfirió con la solicitud de asistencia legal del primer demandado, aunque ella no fue nombrada como demandada (Demanda, ¶1). También se alegó que un tercero no identificado publicó una declaración grabada del demandante, aunque esta entidad no fue incluida en el proceso.
El demandante presentó siete causas de acción por difamación conforme a la Ley de Difamación de 1992 contra ambos demandados. Los demandados alegaron defensas afirmativas —veracidad, opinión honesta, privilegio cualificado, comunicación de interés público responsable y, para el segundo demandado, no publicación— y solicitaron garantía de costas (Demanda, ¶4). El tribunal finalmente determinó que el demandante no tenía intención de llevar el proceso a juicio y lo consideró vejatorio conforme al artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992, ordenando al demandante pagar $27,500 en costas de indemnización al primer demandado (Demanda, ¶43). Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
Siete demandas por difamación del demandante conforme a la Ley de Difamación de 1992
La sentencia registra que Stephen Andrew James McCullah presentó siete causas de acción separadas por difamación contra Danny James De Hek y Danny: De Hek Limited conforme a la Ley de Difamación de 1992. Cada una de las siete demandas fue alegada como una reclamación distinta, y el demandante solicitó daños compensatorios de $500,000 por cada causa de acción (Demanda, ¶3).
Para la quinta, sexta y séptima causas de acción, el demandante también solicitó daños ejemplares de $100,000 a $150,000 (Demanda, ¶3). La sentencia señala que la demanda inicial reclamaba un total de $3.85 millones en daños y perjuicios, una cifra que el tribunal describió posteriormente como "excesiva" e indicativa de una intención de intimidar en lugar de litigar (Demanda, ¶29). El tribunal también rechazó la afirmación del demandante de que no podía obtener justicia en Nueva Zelanda, considerándola infundada (Demanda, ¶28).
Los demandados respondieron con defensas afirmativas, incluyendo veracidad, opinión honesta, privilegio cualificado y comunicación de interés público responsable, al tiempo que solicitaron garantía de costas y la suspensión del proceso (Demanda, ¶4). El tribunal finalmente determinó que el demandante no tenía intención de llevar el proceso a juicio y lo consideró vejatorio conforme al artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992, que establece que un proceso por difamación es vejatorio si el demandante, al momento de presentarlo, no tenía intención de llevarlo a juicio (Demanda, ¶17, ¶33). El tribunal también describió las alegaciones del demandante de que el primer demandado había "derribado con un mazo la puerta principal de la casa de la madre del demandante" como "absurdas" (Demanda, ¶31(b)). Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
Alegatos distintivos: proceso vejatorio, orden de mordaza y motivo ulterior
El Tribunal Superior de Nueva Zelanda resolvió que el proceso por difamación iniciado por Stephen Andrew James McCullah contra Danny James De Hek y Danny: De Hek Limited era vejatorio conforme al artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992, que considera un proceso como vejatorio si el demandante "no tiene intención de llevarlo a juicio" al momento de presentar la demanda (Demanda, ¶17, ¶33). El tribunal determinó que McCullah nunca tuvo la intención de llevar el caso a juicio, una conclusión extraída de la conducta del demandante durante los tres meses y trece días que duró el proceso (Demanda, ¶22, ¶23). El tribunal también rechazó la afirmación del demandante de que no podía obtener justicia en Nueva Zelanda, describiéndola como infundada (Demanda, ¶28).
El tribunal determinó que el objetivo principal de McCullah era suprimir futuras publicaciones en lugar de vindicar su reputación u obtener compensación. La sentencia establece que el proceso fue "iniciado para sofocar futuras publicaciones" y que las ofertas de acuerdo del demandante estaban consistentemente condicionadas a la "eliminación de material y compromisos" en lugar de basarse en los méritos del litigio (Demanda, ¶25, ¶26). Por ejemplo, el 20 de junio de 2023, los abogados de McCullah propusieron que el demandante pagaría $22,000 en costas si los demandados eliminaban el material presuntamente difamatorio y cesaban lo que el demandante describió como acoso, una propuesta que el tribunal describió como condicionada a la "eliminación de material ofensivo" en lugar de una resolución legal (Demanda, ¶26(d)). La demanda también alegó una campaña de difamación que incluía "noticias falsas, publicación de terceros instrumentalizada y suplantación de una abogada israelí" (Demanda, ¶31).
El tribunal también destacó la reclamación inicial del demandante por $3.85 millones en daños y perjuicios, que posteriormente fue reducida a $650,000, como evidencia de una intención de intimidar a los demandados. La sentencia señala que la "reclamación excesiva de daños refleja la estrategia del demandante para silenciar futuras publicaciones" (Demanda, ¶29, ¶30). En sus palabras, la conducta del demandante fue consistente con una "orden de mordaza", un término que el tribunal adoptó explícitamente en su fallo (Demanda, ¶33). El tribunal rechazó las alegaciones del demandante sobre incitación a la violencia y describió la afirmación de que el primer demandado había "derribado con un mazo la puerta principal de la casa de la madre del demandante" como "absurda" (Demanda, ¶31(b), ¶32). Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
Al primer demandado, Danny James De Hek, se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, que determinó que el demandante actuó con un motivo ulterior (Demanda, ¶34). El tribunal ordenó al demandante pagar $27,500 en costas de indemnización al primer demandado (Demanda, ¶43).
Citas que respaldan los hallazgos del tribunal sobre intención vejatoria y costas
El Tribunal Superior de Nueva Zelanda se basó en el lenguaje estatutario y en la propia conducta del demandante para concluir que el proceso por difamación era vejatorio y para justificar la concesión de costas de indemnización. La sentencia citó repetidamente el artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992, que establece que "el inicio de un proceso para recuperar daños por difamación se considerará un proceso vejatorio si, al momento de iniciar dicho proceso, el demandante no tiene intención de llevarlo a juicio" (Demanda, ¶17). El tribunal determinó que se cumplía este estándar, afirmando que el demandante "nunca tuvo la intención de llevar el proceso a juicio" y, en cambio, utilizó el litigio para "sofocar futuras publicaciones" (Demanda, ¶22, ¶25).
El tribunal también invocó la prohibición estatutaria de especificar montos de daños en demandas por difamación contra medios de comunicación, señalando que "los demandantes que demandan a medios de comunicación tienen prohibido especificar en su demanda el monto de los daños que reclaman" (Demanda, ¶15(a)). A pesar de esta norma, el demandante inicialmente solicitó $3.85 millones en daños y perjuicios, una cifra que el tribunal describió posteriormente como un intento de intimidar en lugar de litigar (Demanda, ¶29). La posterior oferta del demandante de pagar $22,000 en costas si los demandados eliminaban el material presuntamente difamatorio y "cesaban el acoso al demandante" fue citada como evidencia adicional de un motivo ulterior: "[El demandante] pagaría costas de $22,000 si los demandados eliminaban el material ofensivo y cesaban el acoso al demandante" (Demanda, ¶26(d)). La demanda también alegó una campaña de difamación que incluía "noticias falsas, publicación de terceros instrumentalizada y suplantación de una abogada israelí" (Demanda, ¶31).
En cuanto a las costas, el tribunal enfatizó que las concesiones de indemnización son "excepcionales" y "se apartan de la previsibilidad del régimen de costas" (Demanda, ¶13). No obstante, concluyó que el primer demandado tenía "derecho a costas de indemnización" tras determinar que el demandante actuó de manera irrazonable y con un propósito impropio (Demanda, ¶34). El tribunal finalmente concedió $27,500, rechazando la reclamación del primer demandado de $35,666.96 por excesiva, pero aceptando que las características inusuales del caso justificaban apartarse de las costas según la escala. En palabras del tribunal, "considero que una concesión de $27,500 es razonable" (Demanda, ¶42).
La sentencia también abordó el obstáculo procesal para la concesión de costas contra partes con asistencia legal, señalando que "no se puede ordenar el pago de costas contra una persona con asistencia legal a menos que el tribunal esté convencido de que existen circunstancias excepcionales" (Demanda, ¶7). Aunque el tribunal no encontró explícitamente tales circunstancias, consideró que la conducta del demandante era suficiente para superar esa presunción, afirmando que el proceso era "su único remedio concebible restante si hubiera llevado el proceso hasta el final" (Demanda, ¶28). El tribunal también describió las alegaciones del demandante de que el primer demandado había "derribado con un mazo la puerta principal de la casa de la madre del demandante" como "absurdas" (Demanda, ¶31(b)). Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
Medidas solicitadas y postura procesal: $27,500 en costas de indemnización concedidas al primer demandado
El Tribunal Superior de Nueva Zelanda concedió a Danny James De Hek, el primer demandado, $27,500 en costas de indemnización tras concluir que el proceso por difamación del demandante era vejatorio y se había iniciado con un motivo ulterior. El tribunal determinó que el demandante, Stephen Andrew James McCullah, nunca tuvo la intención de llevar el caso a juicio y, en cambio, presentó la demanda para sofocar futuras publicaciones de los demandados (Demanda, ¶34). El proceso fue considerado vejatorio conforme al artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992 (Demanda, ¶33).
El primer demandado había solicitado costas de indemnización, alegando que el proceso era una "orden de mordaza". El tribunal estuvo de acuerdo, citando la conducta del demandante —incluyendo la descontinuación presentada apenas 3 meses y 13 días después de iniciado el proceso— como evidencia de un propósito impropio. "El primer demandado tiene derecho a costas de indemnización", resolvió el tribunal (Demanda, ¶34). El tribunal también rechazó las alegaciones del demandante sobre incitación a la violencia y describió la afirmación de que el primer demandado había "derribado con un mazo la puerta principal de la casa de la madre del demandante" como "absurda" (Demanda, ¶31(b), ¶32). Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
El primer demandado inicialmente reclamó $35,666.96 en costas de indemnización, respaldado por 187.25 horas de trabajo de sus abogados y la revisión de 9 horas de evidencia en video (Demanda, ¶38, ¶41). El tribunal rechazó este monto por excesivo, señalando que, aunque el caso presentaba características inusuales, las costas reclamadas superaban lo razonable. En su lugar, el tribunal concedió $27,500, lo que representa un aumento sustancial respecto a las costas según la escala de $13,264.50 (categoría 2, banda B) y $22,824.50 (categoría 2, banda C) (Demanda, ¶40, ¶42).
El demandante descontinuó el proceso el 22 de junio de 2023, la mañana de la audiencia sobre la solicitud de los demandados de garantía de costas. El tribunal ordenó al demandante pagar las costas del primer demandado incidentales al proceso hasta la fecha de descontinuación (Demanda, ¶23, ¶43).
El tribunal señaló que las costas de indemnización son "consideradas excepcionales" y requieren demostrar que el demandante actuó "muy mal o de manera irrazonable", incluyendo la persecución de un motivo ulterior (Demanda, ¶13). El tribunal determinó que las repetidas ofertas del demandante para retirar la demanda —condicionadas a la eliminación del material presuntamente difamatorio y a compromisos de cesar el acoso— respaldaban aún más su conclusión de que el proceso no se inició para vindicar la reputación ni obtener compensación (Demanda, ¶26). La demanda también alegó una campaña de difamación que incluía "noticias falsas, publicación de terceros instrumentalizada y suplantación de una abogada israelí" (Demanda, ¶31). Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
Cronología de eventos clave en el proceso
El proceso por difamación entre Stephen Andrew James McCullah y los demandados Danny James De Hek y Danny: De Hek Limited se desarrolló en un período de menos de cuatro meses, marcado por una serie de movimientos y contramovimientos estratégicos. El 22 de diciembre de 2022, los abogados del demandante enviaron una carta de cese y desistimiento a los demandados, la cual fue ignorada (Demanda, línea de tiempo). Posteriormente, el demandante presentó siete causas de acción por difamación conforme a la Ley de Difamación de 1992 el 9 de marzo de 2023, solicitando $500,000 en daños compensatorios por cada causa de acción y daños ejemplares adicionales para las últimas tres reclamaciones (Demanda, ¶3). El monto total de daños inicialmente reclamado ascendía a $3.85 millones (Demanda, ¶29).
El 6 de abril de 2023, los abogados de los demandados plantearon la cuestión de la garantía de costas con los abogados del demandante. Para el 1 de mayo de 2023, el demandante ofreció retirar la demanda sin costas si los demandados eliminaban el material presuntamente difamatorio y proporcionaban compromisos. Sin embargo, los demandados presentaron sus contestaciones a la demanda y una solicitud de garantía de costas el 10 de mayo de 2023 (Demanda, línea de tiempo). Los abogados del demandante intentaron "pausar" el proceso el 23 de mayo de 2023, y el 19 de junio de 2023 propusieron la descontinuación sin costas. Al día siguiente, 20 de junio de 2023, los abogados del demandante propusieron que el demandante pagaría $22,000 en costas si los demandados eliminaban el material y cesaban el acoso (Demanda, ¶26(d)).
El demandante presentó un aviso de descontinuación el 22 de junio de 2023, apenas 3 meses y 13 días después de iniciado el proceso (Demanda, ¶23). El tribunal señaló que los abogados del demandante habían indicado el 1 de mayo de 2023 que los daños reclamados eran $650,000, una reducción significativa respecto a los $3.85 millones iniciales (Demanda, ¶29). La sentencia, emitida el 17 de agosto de 2023, consideró el proceso como vejatorio conforme al artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992 y concedió al primer demandado $27,500 en costas de indemnización (Demanda, ¶43). Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
Análisis del tribunal sobre la conducta y los motivos del demandante
El Tribunal Superior de Nueva Zelanda realizó un análisis detallado de la conducta de Stephen Andrew James McCullah a lo largo del proceso por difamación, concluyendo que sus acciones eran consistentes con un motivo ulterior para sofocar futuras publicaciones en lugar de vindicar su reputación. El tribunal determinó que el demandante nunca tuvo la intención de llevar el caso a juicio, una determinación respaldada por la cronología del proceso y la naturaleza de las ofertas de acuerdo del demandante. El proceso fue considerado vejatorio conforme al artículo 45 de la Ley de Difamación de 1992, que establece que un proceso por difamación es vejatorio si el demandante no tenía intención de llevarlo a juicio al momento de su presentación (Demanda, ¶17, ¶33).
El tribunal destacó la reclamación inicial del demandante por $3.85 millones en daños y perjuicios, que posteriormente fue reducida a $650,000, como evidencia de una intención de intimidar a los demandados. La sentencia señaló que "la reclamación excesiva de daños refleja la intención del demandante de silenciar futuras publicaciones" (Demanda, ¶30). Las ofertas del demandante para retirar la demanda estaban consistentemente condicionadas a la eliminación del material presuntamente difamatorio y a compromisos de cesar el acoso, en lugar de basarse en los méritos del litigio. Por ejemplo, el demandante propuso el 20 de junio de 2023 pagar $22,000 en costas si los demandados cumplían con estas condiciones, una propuesta que el tribunal describió como condicionada a la "eliminación de material ofensivo" (Demanda, ¶26(d)).
El tribunal también rechazó la afirmación del demandante de que no podía obtener justicia en Nueva Zelanda, considerándola infundada (Demanda, ¶28). La sentencia desestimó además las alegaciones del demandante sobre incitación a la violencia y describió la afirmación de que el primer demandado había "derribado con un mazo la puerta principal de la casa de la madre del demandante" como "absurda" (Demanda, ¶31(b), ¶32). El tribunal concluyó que la conducta del demandante era consistente con una "orden de mordaza", un término que adoptó explícitamente en su fallo (Demanda, ¶33). Al primer demandado se le concedieron costas de indemnización conforme al fallo del tribunal, reflejando la conducta irrazonable del demandante (Demanda, ¶34).
El análisis del tribunal también abordó la solicitud de los demandados de costas de indemnización, las cuales se consideran excepcionales y requieren demostrar que el demandante actuó "muy mal o de manera irrazonable" (Demanda, ¶13). El tribunal determinó que la conducta del demandante cumplía con este umbral, particularmente dado su motivo ulterior y la descontinuación del proceso apenas 3 meses y 13 días después de su presentación. El tribunal concedió al primer demandado $27,500 en costas de indemnización, rechazando la reclamación inicial de los demandados de $35,666.96 por excesiva, pero reconociendo las características inusuales del caso (Demanda, ¶42, ¶43).
Las alegaciones aquí descritas son tomadas de la demanda y permanecen no probadas; no se refleja en el documento fuente ninguna contestación a la demanda.
Las alegaciones aquí descritas son tomadas de la demanda y permanecen no probadas; no se refleja en el documento fuente ninguna contestación a la demanda.
David Brunk es un abogado litigante civil. Puede ser contactado en david@newmanbrunk.com.
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